Descripción del servicio
Se encargan de colocar la firma del presidente municipal en documentos que lo requieren, como parte del trámite de registro.
A quién va dirigido
Atendiendo a los vecinos sin distinción: cualquier munícipe puede acudir.
Requerimientos o requisitos
- Documento original y copia.
- Debe contener el sello de visado correspondiente del departamento.
Procedimientos a seguir
- Presentas el documento al Departamento.
- Una vez firmado y sellado, lo llevas al Departamento de Presidencia para el visado final.
Horario de prestación
De lunes a viernes , de 8:00 a.m. hasta 3:00 p.m.
Costo
Variable
Tiempo de realización
Menos de una (1) hora laborable.
Canal de Prestación
Presencial
Información adicional
Impuestos y tarifas
- Aplican según tipo de documento o acto presentado:
- Documentos que involucran una obligación o pago (Ley 2334)
Impuesto calculado como:
(monto × 0.00784) o (7% x 1000) + 12% sobre ese 7%.
Esto aplica a:
- Pagos notariales
- Facturas
- Ventas con título (inmuebles/vehículos)
- Contratos de alquiler
- Testamentos
Documentos sin valor monetario (Ley 288-04)
Tarifa fija de RD$ 250, incrementada desde RD$100 por resolución #02/2018. Incluye:
- Sentencias simples
- Divorcios
- Rectificaciones
- Actos de notoriedad
- Declaraciones juradas
- Poderes especiales
Transcripciones hipotecarias (Leyes 2914, 1923 y 1924)
- Hipotecas: (5% × 1,000) + 12% del 5% = 0.0056 sobre el valor.
- Embargos inmobiliarios: (1% × 1,000) + 12% del 1%.
- Ventas sin título o terrenos sin registro: 2% + 12% del 2% = 0.2240 sobre el valor.
Certificaciones de registros
- Costo estándar de RD$ 300, y se entrega según la información que facilites.
Qué dice la Ley sobre Conservaduría de Hipotecas
La Ley 2914/90 establece los roles y funcionamiento general:
- Cada cabecera provincial —como Monte Plata— debe tener una Oficina de Hipotecas dirigida por el Conservador de Hipotecas, quien ejerce también como Director del Registro Civil.
- En ausencia del titular, el Oficial Mayor o el Secretario del Ayuntamiento los sustituye.
Atribuciones del Conservador de Hipotecas:
- Inscribir y transcribir actos relacionados con hipotecas y mutaciones de propiedad en los libros correspondientes, según formalidades del Código Civil y la ley.
- Cobrar los derechos o impuestos establecidos y entregarlos conforme al procedimiento legal.
Además, la oficina debe llevar varios libros obligatorios:
- Registro de entrega de documentos o facturas.
- Transcripciones de actos de propiedad voluntarios o forzados.
- Registro de obligaciones e hipotecas.
- Transcripciones de embargos.
- Índice alfabético por calles o secciones rurales.
- Libro de contabilidad.
Resumen:
- Sellan y firman documentos que reciben.
- Atienden todo tipo de trámite civil, judicial y extrajudicial.
- Aplican impuestos proporcionales o fijos, según el tipo de documento o acto.
- Realizan certificaciones y registro de hipotecas según ley.
- Mantienen registros formales en libros obligatorios para cumplir con normativa.
Dpto. Registro Civil y Conservaduría de Hipotecas
Directora: Brenda de la Cruz
Asistente: Randy D. De Los Santos Fabian
Secretaria: Rahab Livanessa Roa Rivera